NIT. 901004172-5
- OBJETIVO.
Definir los parámetros y condiciones que rigen la operación y el control del microcrédito en los sectores de producción, comercio y servicios, con el propósito de atender de manera efectiva las necesidades financieras de nuestros clientes en el ámbito local. Asimismo, esta política establece los lineamientos para el seguimiento y supervisión de los microcréditos otorgados, garantizando procesos eficientes, transparentes y alineados con la normativa vigente, con el fin de minimizar riesgos financieros y fomentar el crecimiento sostenible de la cartera de microcrédito.
- ALCANCE.
Las disposiciones establecidas en el presente documento son aplicables a los procesos de análisis, otorgamiento y control de microcréditos ofrecidos por AFFARI S.A.S. Esta política define los lineamientos que rigen la aprobación de microcréditos, el seguimiento de la cartera y la gestión de riesgos asociados, asegurando el cumplimiento de las normativas vigentes y la promoción de prácticas financieras responsables. Asimismo, se orienta a fortalecer la transparencia en el acceso al microcrédito, optimizando los procedimientos internos y garantizando la sostenibilidad del portafolio de financiamiento.
- DEFINICIONES.
Cliente Preferencial: cliente que, por su excelente comportamiento de pago, puede acceder a unos beneficios o condiciones especiales de acuerdo con las condiciones establecidas en la Política de Crédito.
Codeudor/garante/ segundo solicitante: persona natural con capacidad de pago habilitada legalmente para respaldar una operación crediticia.
Metodología crediticia: conjunto de principios, políticas, procedimientos, normas y metodologías desarrollados por la Institución, que permite alcanzar los objetivos institucionales.
Microcrédito: es un tipo de financiamiento dirigido a pequeñas empresas, emprendedores y personas con acceso limitado al sistema bancario tradicional.
- NORMATIVIDAD VIGENTE.
- LEY 590 DEL 10 DE JULIO DEL AÑO 2000. Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa.
(CAPITULO V acceso a mercados financieros ARTICULO 39. SISTEMAS DE MICROCREDITO. Con el fin de estimular las actividades de microcrédito, entendido como el sistema de financiamiento a microempresas, dentro del cual el monto máximo por operación de préstamo es de veinticinco (25) salarios mínimos mensuales legales vigentes sin que, en ningún tiempo, el saldo para un solo deudor pueda sobrepasar dicha cuantía autorizase a los intermediarios financieros y a las organizaciones especializadas en crédito microempresarial, para cobrar honorarios y comisiones, de conformidad con las tarifas que autorice el Consejo Superior de Microempresa, no repuntándose tales cobros como intereses, para efectos de lo estipulado en el artículo 68 de la Ley 45 de 1990.
Con los honorarios se remunerará la asesoría técnica especializada al microempresario, en relación con la empresa o actividad económica que desarrolle, así como las visitas que deban realizarse para verificar el estado de dicha actividad empresarial; y con las comisiones se remunerará el estudio de la operación crediticia, la verificación de las referencias de los codeudores y la cobranza especializada de la obligación).
AFFARI S.A.S. tiene el compromiso de facilitar el acceso a microcréditos con el objetivo de fortalecer el desarrollo de microempresas y fomentar la inclusión financiera. En cumplimiento del artículo 39 de la Ley 590 de 2000, la empresa establece un límite máximo de veinticinco salarios mínimos mensuales legales vigentes por operación de crédito, asegurando que los beneficiarios accedan a recursos dentro de un marco regulado y accesible.
Además, la empresa aplicará honorarios por asesoría técnica y comisiones por estudio y cobranza, los cuales serán comunicados de manera transparente, el artículo permite a estas entidades cobrar honorarios y comisiones, que no se consideran intereses para efectos de la Ley 45 de 1990, siempre y cuando la comunicación y aceptación sea transparente, es por ello que se da lugar a la verificación de información y referencias siendo un paso fundamental en el proceso de otorgamiento de microcréditos, asegurando prácticas responsables y una gestión ética de cobranza.
En cumplimiento de la legislación vigente, AFFARI S.A.S. ajustará sus procedimientos a las disposiciones de la Superintendencia Financiera y la Ley 1266 de 2008 sobre manejo de información crediticia. La empresa adoptará las mejores prácticas para garantizar la protección de datos y la transparencia en sus operaciones.
- LEY1258 DE 2008 – POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.
Desde el Artículo 1 que Define la S.A.S. como un tipo de sociedad que permite una mayor flexibilidad en su constitución y funcionamiento, torna relevancia para AFFARI S.A.S porque le permite establecer su objeto social, que puede incluir la actividad de otorgar créditos, así, la flexibilidad en la constitución y operación de la S.A.S. permite a la empresa adaptarse a las necesidades del mercado de créditos, facilitando su crecimiento y operación.
- LEY 1266 DE 2008 – POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL HABEAS DATA Y SE REGULA EL MANEJO DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN BASES DE DATOS PERSONALES.
Especialmente su artículo 12 regula los criterios y procedimientos para el reporte de información negativa a las centrales de riesgo. Establece la obligación de notificar previamente al deudor antes de efectuar dicho reporte, garantizando su derecho a conocer y, en su caso, subsanar la situación antes de que su historial crediticio se vea afectado. Así las cosas, AFFARI S.A.S. acata estas disposiciones para asegurar el respeto a los derechos de los consumidores financieros y cumple con los principios de transparencia y debido proceso en la gestión de información crediticia, por ende, no solo fortalece la confianza en la empresa, sino que también minimiza riesgos legales y promueve relaciones responsables con los clientes
- LEY 1328 DE 2009 POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS.
Establece los deberes de información y atención que deben cumplir las entidades que ofrecen productos financieros, incluyendo créditos, además, esta Ley no solo regula entidades financieras vigiladas, sino que establece principios de protección al consumidor financiero aplicables a cualquier empresa que ofrezca productos de crédito, incluyendo a AFFARI S.A.S.
Así, sin importar si la empresa es supervisada por la Superintendencia Financiera, los artículos 97 y 98 exigen que AFFARI S.A.S garantice que su información sea clara y accesible para los clientes. Esto evita cláusulas abusivas, publicidad engañosa y falta de información.
- LEY 1480 DE 2011 ESTATUTO DEL CONSUMIDOR.
AFFARI S.A.S realiza una actividad que impacta la economía de sus clientes. Por ello, cumple con las disposiciones del Estatuto del Consumidor y brindando a sus clientes mecanismos de atención al usuario, resolución de quejas y transparencia en la oferta de productos financieros.
- DECRETO 2555 DEL 10 DE JULIO DE 2010 modificado por DECRETO 455 DEL 29 DE MARZO DE 2023.
Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones. Si bien AFFARI S.A.S no está sujeto a este porque su regulación está dirigida a bancos, la actividad que realiza la empresa lo utiliza como guía y referente para que su actividad obedezca los límites de tasas de interés, solvencia y protección de clientes.
- LEY 2300 DE 2023.
Protege el derecho a la privacidad en procesos de cobranza, regulando horarios, canales y frecuencia de contacto. AFFARI S.A.S. garantiza que solo se comunique con el deudor por canales autorizados, dentro del horario permitido (lunes a viernes de 7 a. m. a 7 p. m.; sábados de 8 a. m. a 3 p. m.), sin exceder una comunicación diaria ni varias en la misma semana. Además, está no contacta a terceros ajenos a la obligación financiera. Si el deudor desea no recibir llamadas fuera del horario permitido, debe dar su consentimiento por escrito en un documento separado del contrato. Cumplir con esta ley asegura transparencia y respeto en los procesos de cobranza de AFFARI S.A.S.
- REQUERIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE MICROCRÉDITOS.
- ANÁLISIS DE PERFIL DEL CLIENTE.
El análisis del perfil del cliente en el marco de las políticas de microcrédito de AFFARI S.A.S. tiene como finalidad comprender la actividad económica del microempresario o emprendedor, así como sus necesidades financieras, capacidad de pago y objetivos al solicitar un microcrédito. Este análisis permite estructurar soluciones financieras adaptadas a su realidad y garantizar una evaluación efectiva del riesgo crediticio.
- Análisis de actividad económica, sector económico.
- Identificación del sector económico en el que opera el cliente.
- Microempresarios del sector formal e informal.
- Nivel socioeconómico 1,2,3.
- Determinación de la capacidad de la generación de ingresos.
- Necesidad y propósito del microcrédito.
- Clientes con necesidad de capital de trabajo.
- Facilidad de acceso a microcréditos ágiles.
- Gastos personales y/o familiares que dependen de los ingresos generados por el negocio.
- Clientes con baja educación financiera.
- Clientes que desean iniciar su vida crediticia.
- Factores de riesgo y mitigación.
- Requieren de la aplicación de una metodología crediticia que refleje de forma adecuada el riesgo inherente y cuyos elementos permitan compensar las deficiencias de información, de acuerdo con sus características y grado de informalidad.
- Valoración de garantías o mecanismos de respaldo.
- SUJETOS DE MICROCRÉDITO.
Son sujeto de Microcrédito las personas naturales, propietarias de un negocio, empleados emprendedores, con objeto y causa lícita en el comercio, producción o servicios de los sectores de la economía formal e informal urbana otorgados para capital de trabajo y activos fijos, con una experiencia mínima en la actividad económica de seis (6) meses.
- DESTINO DEL MICROCRÉDITO.
El microcrédito otorgado por AFFARI S.A.S. estará destinado exclusivamente a capital de trabajo y/o adquisición de activos fijos, con el propósito de impulsar el crecimiento y fortalecimiento de actividades económicas en los sectores de producción, comercio y servicios. Esta financiación busca proporcionar recursos que faciliten la estabilidad y desarrollo de los emprendimientos, asegurando su sostenibilidad dentro del mercado.
- MONTOS
Los montos otorgados en microcréditos varían entre $300.000 y hasta 25 SMMLV, dependiendo de la naturaleza del crédito.
- En microcréditos nuevos, los montos a otorgar oscilan desde $300.000 hasta $10.000.000.
- Para renovaciones, los montos a otorgarse pueden ser desde $300.000 hasta 25 SMMLV
- REQUISITOS.
AFFARI S.AS. reconoce que la fuente de las relaciones contractuales es el principio de buena fé, entonces, todas las operaciones de crédito son acordes a lo dispuesto en el artículo 1603 del Código Civil colombiano; resultando en la confianza mutua entre la empresa y el solicitante, tanto en la información suministrada como en el cumplimiento de las obligaciones adquiridas; de ahí que, la firma del cliente en los formatos de autorización de consulta ante centrales de riesgo, consulta en centrales de riesgo, y la firma en el formato de autorización, vinculación, y pagaré, determinan la aprobación del crédito.
Adicionalmente, durante el proceso de evaluación del crédito, el cliente debe aportar documentos adicionales a su solicitud dependiendo del riesgo que represente, estos requerimientos adicionales deben ser aprobados por el comité.
| Monto | Información complementaria |
| $300.000 hasta 6 SMMLV | Registro Único Tributario o certificado de Cámara de comercio “o” |
| Declaración de renta “o” | |
| Facturas o soportes de proveedores “o” | |
| Soportes que certifiquen la percepción de ingresos como movimientos y/o extractos bancarios “o” | |
| Evidencia física a través de la *visita y evidencia fotográfica (Ley 1480 de 2011) “o” | |
| Copia de recibo de servicios públicos “o” | |
| **Codeudor: se solicitará dependiendo de la evaluación de viabilidad del crédito el cual debe también ser consultado en centrales de riesgo “o” | |
| Copia del certificado de libertad y tradición “o” | |
| cualquier otro soporte de ingresos que complemente su actividad económica como desprendibles de pago |
*Para todo crédito independientemente del monto, el analista deberá visitar el negocio y/o lugar de residencia del cliente, sin que implique ningún tipo de acoso o presión indebida (Ley 1480 de 2011).
**Dado el caso de que el cliente requiera de un codeudor, este puede ser una persona independiente con capacidad de pago y sin reporte negativo al momento de realizar la consulta en centrales de Riesgo.
- TASA DE INTERÉS PARA OTORGAMIENTO DE MICROCRÉDITO
Para garantizar el acceso a financiamiento formal y transparente, la política de crédito de AFFARI S.A.S. se alinea con el marco regulatorio colombiano, en especial con las disposiciones del Decreto 2555 de 2010. Este decreto establece reglas fundamentales para la actividad financiera en el país, incluyendo la regulación de las tasas de interés aplicables a distintas modalidades de crédito.
Con la modificación introducida por el Decreto 455 de 2023, se determinó que ciertas modalidades de crédito deben contar con tasas certificadas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Esto busca facilitar el acceso al crédito, especialmente en sectores productivos y poblaciones vulnerables, asegurando que las condiciones sean justas y reguladas.
AFFARI S.A.S. ofrece una única línea de crédito denominada Crédito Productivo Popular Urbano, dirigida a personas naturales o jurídicas para financiar actividades económicas en zonas urbanas. La tasa de interés aplicada a este crédito cuenta con la certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia y varía según el nivel de riesgo del solicitante.
Asimismo, las tasas de interés deben actualizarse mensualmente conforme a los decretos emitidos por la entidad reguladora, garantizando el cumplimiento normativo y la adaptación a las condiciones del mercado.
- PLAZOS Y TIEMPO PARA EL OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO
El plazo máximo otorgado para esta línea de crédito actual lo define el comité de evaluación basado en la solicitud del cliente, capacidad de endeudamiento, justificación de ingresos y resultado de la misma evaluación. La aprobación del crédito se finiquita con la aceptación del cliente y la firma de los documentos, sin embargo, el plazo máximo otorgado a la fecha es de 36 meses.
El tiempo estimado para realizar los desembolsos, dependerá del flujo de efectivo con el que AFFARI S.AS. cuente; no obstante, oscila entre uno (01) hasta cinco (05) días hábiles. En este periodo de tiempo se validan los documentos y se realiza la visita.
- METODOLOGÍA
- ANÁLISIS DE LA VOLUNTAD DE PAGO.
Es una herramienta de evaluación de riesgo, que permite filtrar a los clientes que se vinculan AFFARI S.A.S., en donde se verifican elementos de orden cualitativo. En este sentido, el analista de crédito y/o comité debe tener en cuenta que la voluntad de pago no es cuantificable y por lo tanto dicha evaluación obedece a consideraciones de carácter subjetivo, concentrados en 4 indicadores los cuales son imprescindibles dentro de la aplicación de la metodología de microcrédito.
Indicador 1. Estabilidad. Se evalúa, la unidad socioeconómica del solicitante con base en un enfoque temporal considerando factores como:
- Permanencia del cliente y su negocio en un determinado lugar
- Experiencia en la actividad económica
- Edad del solicitante
- Estado civil y personas a su cargo
- Tiempo de residencia
- Tipo de domicilio (propio o en alquiler)
Estos elementos son fundamentales en el proceso de análisis de riesgos, ya que permiten determinar la viabilidad crediticia del solicitante. Su evaluación rigurosa contribuye a la identificación de riesgos potenciales, sin menoscabo de otros factores adicionales que serán considerados en el proceso de toma de decisiones.
Indicador 2. Habilidad empresarial. Este indicador permite evaluar la unidad económica del solicitante con base en su capacidad de gestión y la evolución de su negocio en el tiempo. Para ello, se analizan aspectos clave como:
- Grado de organización del negocio: incluyendo la existencia de registros de ventas y compras.
- Conocimiento del negocio, mercado y competencia por parte del solicitante.
- Continuidad operativa del negocio: asegurando estabilidad y sostenibilidad.
- Evolución y crecimiento del negocio: reflejado en la expansión de bienes, servicios y número de empleados.
- Reinversión de excedentes: destinada a la adquisición de inventarios o activos fijos.
Todos estos factores deben ser verificados durante la visita del analista, asegurando un diagnóstico preciso de la viabilidad del microcrédito.
Indicador 3. Responsabilidad en pagos. Es la característica clave en la que se muestra de manera clara la puntualidad y responsabilidad del cliente en el pago de sus obligaciones formales e informales. Entre ellas podemos destacar el cumplimiento en el pago de créditos recibidos por parte de otras instituciones financieras, servicios públicos tanto del domicilio como del negocio, arrendamiento de la vivienda o local, créditos otorgados por proveedores y otras fuentes de financiamiento. Para realizar tal verificación es necesario solicitar los recibos y extractos de las obligaciones vigentes y canceladas con el fin de determinar la puntualidad en los pagos por parte del solicitante. Es de recordar que la consulta a centrales de riesgo (EXPERIAN/TRANSUNION) es solo una herramienta que permitirá realizar la evaluación del comportamiento del pago que el cliente tiene en otros sectores en los cuales ha solicitado financiamiento.
Indicador 4. Indicador de Reputación. Este indicador evalúa la percepción del cliente dentro de su entorno, considerando la imagen que proyecta ante proveedores, clientes, familiares, vecinos y otras personas que puedan aportar información relevante.
Como parte del proceso de análisis de microcrédito, se lleva a cabo una referenciación (se solicitan referencias en el formulario de “solicitud de vinculación”, donde se consulta a la comunidad sobre aspectos clave del solicitante, tales como:
- Reconocimiento y estabilidad del negocio.
- Propiedad y tiempo de permanencia del negocio.
- Comportamiento de pago y antecedentes financieros del solicitante.
- Reputación y fiabilidad, verificadas con proveedores, arrendadores, familiares, amigos y/o vecinos.
Es fundamental que la información obtenida de las referencias coincida con la proporcionada por el solicitante. Asimismo, la veracidad y disposición del cliente para brindar información constituyen elementos esenciales dentro del análisis cualitativo de la solicitud, contribuyendo a una evaluación integral del riesgo crediticio.
- INFORMACIÓN ADICIONAL – COMPLEMENTARIAInformación del negocio
- Cantidad de empleados: se deben colocar el número de empleados con que cuenta el negocio.
- Endeudamiento con el sector financiero: Se deben incluir el valor de todas las deudas que tenga el cliente.
- Información respecto de ingresos familiares.
- Ingresos del negocio: Corresponde a la Utilidad Operativa del negocio calculada en el Estado de Resultados. Cuando el cliente tiene más de una actividad comercial representativa se deben evaluar por separado y luego consolidar el estudio.
- Otros ingresos netos: Ingresos provenientes de una fuente no comercial del cliente. Arrendamientos, Giros, Remesas, dividendos, alquiler de otros negocios, etc.
- Gastos familiares.
- Alquiler: Valor pagado por el cliente por servicio de arrendamiento de la vivienda.
- Alimentación: gasto generado por las compras de alimentación tanto de grano como de verduras y elementos de aseo.
- Servicios Públicos: se consideran los pagos de agua, energía, gas domiciliario, teléfono fijo y celular, Internet, cable etc.
- Educación: se consideran los costos generados por la educación de los hijos o personas a cargo, pensión, transporte escolar, fotocopias, matriculas, útiles, uniformes (estos tres últimos divididos entre 12 meses).
- Salud: valores destinados a cubrir gastos de salud y seguridad social familiar.
- Cuotas créditos recibidos por la unidad familiar: Se relacionan los pagos de créditos destinados a la unidad familiar; Ej., créditos de muebles o electrodomésticos para el hogar, tarjetas de crédito, créditos de consumo y de vivienda del solicitante.
- Transporte: Gastos generados por el cliente y de las personas a cargo en lo que se refiere a su movilidad, se debe tener en cuenta si el cliente tiene vehículo propio o si se movilizan en transporte público.
- Otros Gastos: gastos generados por el cliente y personas a cargo no considerados en los rubros anteriores.
- CONTROL DE CAMBIOS
| Versión | Fecha de actualización | Descripción del cambio |
| 001 | 15/09/2022 | Se añade tabla de montos y plazos.Se modifican los rangos para préstamosSe añade análisis de voluntad de pago |
| Versión | Fecha de actualización | Descripción del cambio |
| 002 | 01/02/2024 | Se modifican montos máximos a otorgar en préstamosSe actualiza normatividad vigente (Ley 2300 de 2023) |